¿Quiénes son los herederos cuando no hay testamento?

En el derecho sucesorio catalán, esta situación se regula en el artículo 441-2 del Codi Civil de Catalunya, que establece quienes serán los herederos y el orden en que son llamados:

-. En primer lugar: serán herederos los descendientes: primero los hijos y, en su defecto, los siguientes descendientes (nietos, bisnietos, etc.).

En este caso, si el difunto estaba casado o tenía pareja de hecho, el sobreviviente tendrá derecho al usufructo universal de toda la herencia.

. En segundo lugar: de no haber descendientes, heredará el cónyuge viudo o el sobreviviente en caso de pareja de hecho.

En este supuesto, si al difunto le sobreviven los padres, éstos tendrán derecho a la legítima (ver post: ¿Qué es la legítima?).

-. En tercer lugar: en defecto de todos los anteriores, heredarán los ascendientes, primero los padres y, en su defecto, los demás ascendientes (abuelos, bisabuelos, etc.).

-. En cuarto lugar: de no concurrir ninguno de los parientes indicados, heredarán los colaterales, primero los hermanos y, en su defecto, los sobrinos.

De no existir ni hermanos ni sobrinos, seguirán los parientes de tercer grado (tíos) y por último los de cuarto grado (primos, etc.).

-. A falta de todos los anteriores: heredará la Generalitat de Catalunya.

Otras preguntas y respuestas sobre Herencias

¿Qué Ley es aplicable a una herencia?

Con carácter general, la Ley aplicable será la del lugar donde el difunto tenía su residencia habitual, en el momento de su fallecimiento. No obstante, desde el año 2015, en virtud de la entrada en vigor del Reglamento Europeo 650/2012, en materia de sucesiones, en determinados supuestos se permite que un ciudadano pueda elegir que

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¿Es importante otorgar testamento?

Es muy conveniente por varias razones. Exponemos a continuación algunas de ellas: -. La principal es que serán herederas y legatarias las personas que designe el testador (persona que otorga el testamento). En caso de no existir testamento lo será las que designe la Ley, que podrán coincidir o no con los deseos del testador.

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¿Cómo se tramita una herencia?

Con carácter previo conviene decir que toda herencia conlleva un conjunto de trámites que deben realizarse y lo más importante: realizarse bien. En consecuencia, es muy recomendable acudir a un abogado especializado en herencias para que se encargue de todo el proceso. A continuación, describimos los principales trámites: -. Obtención del certificado de defunción: es

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¿Qué ocurre cuando no hay testamento?

Si al obtener el certificado de últimas voluntades ( ver post: ¿Cómo se tramita una herencia?) constatamos que el difunto no otorgó testamento, se abrirá la sucesión intestada. La inexistencia de testamento no implica la inexistencia de la herencia, que existe igualmente, pero deberemos acudir a lo que establece la Ley y no a la

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